![]() |
Federación de Entidades de Fomento y Organizaciones Libres del Pueblo de Quilmes |
![]() |
|
Solo los hechos dan fe a las palabras |
|
|
| El jefe de todos los fiscales federales del país, Esteban Righi, firmó esta semana un duro dictamen contra las ordenanzas de la municipalidad de General Pico que, sostuvo, favorecen "bajo una aparente legalidad" el proxenetismo y la trata de personas, pudo saber DiarioTextual.Además, le pidió al juez federal Pedro Zabala que, a partir de ahora, comience a investigar y no derive este tipo de causas a la Justicia provincial. El dictamen del titular del Ministerio Público Fiscal, al que tuvo acceso DiarioTextual, fue firmado el martes 11 de este mes, por una causa en la que se debe definir la competencia para indagar si hubo delitos en cuatro cabarets de Pico: Righi pidió que le corresponde investigar a la Justicia federal en vez de la provincial. Ahora, se descuenta que los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación adhieran a la postura de Righi.Es importante este dictamen porque, además, hay una bajada de línea a todos los fiscales federales del país: Righi los conminó a no declinar la competencia a favor de los juzgados provinciales, cuando hay sospechas de que se comete el delito de trata de persona.Es similar a otro dictamen -y posterior resolución de la Corte- sobre el caso del cabaret de Lonquimay. Ahí también, los jueces del máximo órgano judicial de la Nación pidieron recientemente que intervenga la Justicia Federal en vez de la provincial.Estos casos reavivan un debate que no se ha saldado en la provincia. El Gobierno de Oscar Jorge no ha mostrado voluntad política de atacar a estas whiskerías y, por ende, a los delitos que la mantienen: el proxenetismo y la red de trata de personas. Aún, pese a los pedidos de los diputados opositores, no se ha avanzado con una ley para atacar estos flagelos. El PJ, que cuenta con mayoría en la Legislatura, mantiene cajoneados a estos proyectos.El inicio de la causaEsta causa se originó en 2010. La Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (Ufase) encontró, en el marco de una serie de controles en cuatro cabarés en Pico, a varias mujeres que ejercían la prostitución.El Juzgado de Instrucción 5 de Pico estableció que podría tratarse de un caso de trata de personas. Enumeró que "los cuatro establecimientos comerciales habían sido habilitados bajo el rubro ‘cabaret', que varias de las mujeres a las que se les había expedido libreta sanitaria trabajaban en alguno de esos locales y, además, que muchas de ellas provenían de distintas provincias del interior del país, a saber, Misiones, Santa Fe, Río Negro, Córdoba, Mendoza, Catamarca, La Rioja, Tucumán y Buenos Aires, así como también de distintos países, tales como República Dominicana y República de Paraguay".Por eso, al establecer que podría tratarse de un caso de trata, el juzgado piquense envió las actuaciones al Juzgado Federal de Santa Rosa. Pero el juez Pedro Zabala dijo, apoyándose en lo dictaminado por la Fiscalía Federal, que debía actuar la Justicia provincial: consideró que era prematuro establecer que fueran víctimas del delito de trata.El juez Zabala expresó también que "no se encontraba acreditado que esas mujeres hubieran sido captadas, transportadas y acogidas en los locales nocturnos como prevé el tipo penal, motivo por el cual tampoco era posible sostener que tales conductas hubiesen sido llevadas a cabo mediante violencia, amenaza o cualquier otra forma de intimidación o coerción, abuso de autoridad, engaño, fraude o abuso de una situación de vulnerabilidad".Sin embargo, ahora Righi dictaminó que debe investigar la Justicia Federal. "Es que -manifestó el procurador- ante la existencia de alguno de los extremos inherentes al delito de trata de personas, la justicia federal no puede declinar su competencia ni rechazar la que se le pretenda atribuir sin antes realizar las medidas necesarias para establecer si se halla configurado o no dicho ilícito".Los cuestionamientos a las ordenanzasEn el país no está prohibida la prostitución. Lo que no está permitido, desde hace décadas, es el proxenetismo. Es decir, son ilegales los prostíbulos. Por eso se habilitan bajo las fachadas de whiskerías o cabarés.En Pico, aún hay cabarés en funcionamiento. Tienen, como en el resto del país, la fachada de whiskería o cabarets. Pero en realidad allí se ejercería la prostitución.Entre 2008 y 2009, Santa Rosa tomó la delantera al atacar a estos cabarés. Los cerró. Lo mismo hicieron otras localidades, en sintonía con lo pedido por la Secretaría de Derechos Humanos de La Pampa.Pico, ante este pedido, quedó a mitad de camino. No los cerró. Los concejales aprobaron una ordenanza, la 82/09, que impide la renovación de habilitaciones para cabarés. Así, se irán cerrando progresivamente, cuando concluyan las habilitaciones. Lo cierto es que, bajo esas fachadas, se sospechan que continúan los delitos de proxenitismo y de trata de personas.Righi tuvo un duro párrafo hacia la municipalidad norteña. "Encuentro propicia la ocasión para recordar que disposiciones municipales como las que rigen en General Pico (Ordenanza municipal 226/2008 y sus modificatorias -Resolución 145 de 2009 y Ordenanza 082/2009), en tanto reglamentan subrepticiamente la explotación de la prostitución, además de constituir por sí mismas una seria irregularidad, favorecen la comisión del delito de trata de personas así como la de otros delitos conexos, pues la falsa apariencia de legalidad que esa normativa otorga al lugar en el que, según indica la experiencia, se consuma habitualmente la explotación que tiene en miras el tratante resulta absolutamente funcional a la existencia del circuito ilícito que justamente se intenta combatir".Pidió a los fiscales que, en conjunto a las autoridades municipales, clausuren estos locales. "Mediante Resolución PGN 99/09, resalté la importancia de que los fiscales que actúen en causas en las que se investigue la comisión de delitos de trata de personas, así como también la de otros delitos conexos vinculados con la facilitación, promoción y explotación de la prostitución ajena: arts. 125 biJ; 126, 127 del Código Penal y arto 17 de la ley 12.331) promuevan, entre otras medidas,la clausura e inhabilitación de esta clase de locales por intermedio de la autoridad municipal correspondiente". DIARIO TEXTUAL 18-10-1 |