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Federación de Entidades de Fomento y Organizaciones Libres del Pueblo de Quilmes |
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Solo los hechos dan fe a las palabras |
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La previa de la aprobación de la Reforma Fiscal
PERSPECTIVA SUR. 11-12-10Gutiérrez regresa de su licencia de Europa para afrontar el año corto que le queda de mandato. Aunque para muchos ya tiene buena parte de su suerte echada, el actual mandatario alienta sus posibilidades de resultar reelegido.
El tema excluyente por estas horas es el tratamiento de la
Reforma Fiscal, apuntado para hoy a las 19 en el
Deliberante. Por tratarse de un tema fiscal, la Ley Organica
prevé que a los 24 concejales habituales, se incorporen
otros 24 vecinos tenidos como Mayores Contribuyentes. En un
recuadro aparte, ofrecemos el listado y los datos de
filiación de cada uno de ellos.
EN QUE CONSISTE LA REFORMA Se trata de un cambio en la base de cálculo de las tasas municipales. Hasta ahora, tanto las viviendas particulares como los comercios e industrias pagaban los servicios de acuerdo a los metros lineales de ocupación de vereda de acuerdo a cuatro zonas distintas. La zona A es la que recibe la totalidad de los servicios que ofrece la Comuna, y las tres restantes, al menos un servicio menos que la anterior. A partir de esta reforma, el cálculo se mantiene sujeto a las mismas zonas, aunque para la base del cálculo se apela al 80 % de la valuación fiscal 2009, que establece ARBA para el impuesto inmobiliario. COMO ES EL NUEVO CUADRO TARIFARIO - ZONA A - 85% AUMENTO PROMEDIO DE BOLSILLO RECONOCIDO - En la zonas A, pagará un mínimo de 95 pesos. Se trata de los centros urbanos del Distrito. El mínimo que se abona hoy por domicilio es del orden de 51,50 pesos. Con la reforma pasará a 70 pesos de mínimo más 25.50 pesos por los cargos fijos. El fondo de fomento (15 pesos); la tasa por el arbolado (2.5 pesos) y el alumbrado público (8 pesos) este último llega en la boleta de la luz. El aumento en metálico será de 44 pesos, es decir un 85% de lo que venía pagando. - ZONA B - 82% AUMENTO PROMEDIO DE BOLSILLO RECONOCIDO - En la zona B el nuevo mínimo será de 75.50 pesos. Se trata de zonas urbanas, que no cuentan con el mismo nivel de servicios que la anterior. El mínimo actual es de 41,50 pesos y pasaría a 54 pesos, más 21.50 pesos por los cargos fijos. Equivale a un aumento en metálico de 34 pesos; un 82% más de lo que venía pagando. - ZONA C - 89.7% AUMENTO PROMEDIO DE BOLSILLO RECONOCIDO - En la Zona C el nuevo mínimo será de 46.50 pesos. El cargo inicial pasará de 24,50 pesos que paga hoy a 30 pesos. Los cargos fijos suman 16.50 pesos (Son 11 pesos por la tasa de fomento, 2,50 por el levantamiento de ramas y el arbolado y 8 pesos de alumbrado público que llega en la factura de la luz). Esto supone un aumento de en metálico de 22 pesos. Lo que supone un aumento del 89,7 % sobre los 24.50 que venía pagando. - ZONA D - 111% AUMENTO PROMEDIO DE BOLSILLO RECONOCIDO - En la zona D, el nuevo mínimo será de 37 pesos. Es la zona dónde se reciben menor cantidad de servicios municipales pasará de los 17,50 pesos actuales a 22,50 pesos de tasa mínima. En concepto de tasas fijas se le suman 14.50 pesos. Son 4 para el Fondo de Fomento, 2.5 para el levantamiento de ramas y mantenimiento del arbolado, y 8 pesos para el alumbrado público, que vienen en la boleta de la luz. En total son 19.50 pesos de aumento; lo que representa un alza del 111% sobre lo que venía pagando. Estos números son los mínimos, a los cuales ha de agregarse el cargo cuando el 80% del valor fiscal de la propiedad destinada a vivienda, supere los 120 mil pesos. La presión fiscal sobre las industrias y el comercio es algo mayor. QUE DICE LA CONSTUCIÓN PROVINCIAL La Constitución provincial invierte la sección séptima para demarcar las competencias de las municipalidades, buscando garantizar los derechos de sus habitantes, le impone en el artículo 193º, inciso 2, que todo aumento o creación de impuestos o contribución de mejoras, necesita ser sancionado por mayoría absoluta de votos de una asamblea compuesta por los miembros del Concejo Deliberante y un número igual de contribuyentes de impuestos. La Ley Orgánica de las Municipalidades es la que traduce en obligaciones más expresas esa voluntad marco de limitar el poder de los Intendentes al duplicar el número de vecinos intervinientes. QUE DICE LA LEY ORGANICA El artículo 93 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, regula el funcionamiento de la asamblea de Mayores Contribuyentes. Dice que del 1º al 15 de mayo, el Departamento Ejecutivo abrirá un registro especial. Si no hubiese inscriptos o su número no alcanzare al doble de los concejales, el Intendente la completará de oficio. Aquí está el procedimiento elegido por el gobierno local, tal como tímidamente lo señala algún concejal opositor. Se asegura que no se hizo público la apertura del registro citado, lo que en la práctica derivó en que el oficialismo reúna al menos 18 Mayores Contribuyentes propios. QUE DICE LA LEY ORGANICA II El artículo 94 de la Ley, en si inciso 5º dispone que cumplidas las disposiciones, cada grupo político representado en el Concejo, propondrá en sesión citada al efecto un número de mayores Contribuyentes tomado de la nómina aprobada igual al doble de concejales que integran dicho grupo político. Es decir que en el espiritu de la Ley Orgánica está la intensión de respetar la voluntad popular reflejada en la distribución de bancas, de modo que en ningún caso un bloque minoritario termine imponiendole a la mayoría, su voluntad, mediante la acumulación indebida de mayores contribuyentes. El mismo artículo a renglón seguido, insiste en el asunto señalando que el Presidente del Cuerpo, deberá remitir las listas (de cada bloque) al Intendente municipal, quien elegirá un número igual al de concejales que integran su grupo político, integrando con ellos la lista definitiva de Mayores Contribuyentes. También habilita al Intendente a sumar nombres en el supuesto que algún bloque no aporte sus Mayores Contribuyentes. QUE DICE LA LEY ORGANICA III En este sentido, digamos que todo indica que tanto el anibalismo como la oposición, que aparecen demarcándose de la aprobación de esta reforma, en los hechos la vienen facilitando por esta vía. La critica de baja intensidad que viene mereciendo una medida que afectará a los 170 mil contribuyentes, deja entrever la existencia de un acuerdo político para que pronto vea la luz del día. El artículo 99º de la Ley dice: Si a la primera citación no concurriesen la mitad más uno de los Mayores Contribuyentes y un número igual de concejales por lo menos, se procederá a una nueva citación. LA CLAVE DEL ARTÍCULO 100º El artículo 100º dice: Efectuada la segunda citación, que bien puede ocurrir media hora después de la primera, la asamblea podrá quedar constituída con un número de Mayores Contribuyentes, que con los concejales presentes, formen mayoría absoluta. Es decir que para la segunda convocatoria, bastan los 7 concejales oficialistas y los 18 Mayores Contribuyentes que el Ejecutivo, en esta oportunidad, cuenta como propios. - El artículo 101º establece que constituida el asamblea, previa lectura de la ordenanza preparatoria materia de la convocatoria, se pronunciará respecto de la misma. Se vota nominalmente, de modo que queda sentado quien vota como, salvo en caso de unanimidad. Otro artículo que puede cobrar cierto valor es el 240º, que dice: los actos juridicos del Intendente, concejales y empleados de las municipalidades que no estén constituidos según la competencia, forma y contenidos determinados en la presente Ley y en sus complementarias, serán nulos. DESNUDEZ POLITICA Desde el día que llegó al Deliberante el texto de la nueva Reforma Fiscal, surgieron tres señales políticas inequivocas. - La tímida oposición que encabezó el concejal Sahagún que derivó en la conformación de una Multisectorial que concretó un autazo y una radio abierta el pasado fin de semana. - El segundo dato fue el desmarque en el recinto de los concejales del anibalismo. En silencio, los ediles se limitaron a no habilitar el tratamiento de la reforma, aunque su presencia en el recinto garantizó el quórum para que el PRO le diera luz verde. - La tercera señal la dio justamente el PRO, con sus concejales Salustio, Saracco y Bratti, que juntamente con Carlos Posch, transfugaron nada menos que la tercera parte de los votos que habilitaron la reforma. Una cuarta señal proviene del gobierno en su conjunto. En el transcurso de estas dos ultimas semanas no hubo voces políticas que salgan a arropar la adusta voz técnica del secretario Tozzola. Descarnado y hasta ironico, el funcionario abusó en el arte de esconder información, manipularla, parcializando datos, aún en la publicación oficial de La Hoja del mes de diciembre, donde se engaña abiertamente al vecino lector. LOS PUNTOS FUERTES DE LA REFORMA - El criterio de aplicar tasas municipales según la capacidad adquisitiva del propietario del inmueble encierra un fuerte criterio de equidad tributaria: El que más tiene, más paga. - Una segunda fortaleza proviene de rejerarquizar la gestión municipal cobrando tasas acordes al momento inflacionario que transcurre. - La tercera fortaleza la aporta la necesidad de darle más autonomía a la administración local, disminuyendo su independencia de los recursos que puedan llegar de Nación o Provincia. - Una cuarta fortaleza puede derivar de quien considere este aumento como un gesto de poder político del Intendente. LOS PUNTOS DEBILES - El primer punto débil surge de que, tal como aparece redactada, las zonas con menos servicios, tendrán un aumento porcentualmente igual o superior al de las zonas más atendidas. Esto responde a un criterio neo-liberal, despojado de todo progresismo. La clave de este desajuste está en los cargo fijos, de por sí fiscalmente injustos. - La segunda debilidad es el comienzo del año electoral. Imponer una medida que afecta al bolsillo de los 170 mil contribuyentes sosteniendo oficialmente que 14.200 de ellos (ver La Hoja) van a pagar menos, es una medida inentendible para quien quiere ser reelecto. - La tercera debilidad se expresa en los costos en términos institucionales que Gutiérrez parece dispuesto a pagar con tal de sacar adelante la medida. LOS CARGOS FIJOS Gutiérrez ha establecido nuevos cargos fijos que terminan distorsionando una Reforma que se presenta como progresista. El ejemplo más crudo lo ofrece la zona D, a la que llegan menos servicios. Los vecinos pagarán 8 pesos por el alumbrado público, que llegan facturado por Edesur; 4 pesos para el fondo de fomento con el que se promete construir baños y cocinas al quinto sector. Se trata de 100 mil vecinos que viven en terrenos sin escriturar en villas y asentamientos. Los cargos fijos hasta aquí suman 12 pesos. Falta agregar 2,50 pesos para el mantenimiento del arbolado y el levantamiento de ramas. En total, 14, 50 pesos. Hasta ahora, este sector de la ciudad venía pagando 17,50 en todo concepto. Ahora, de tasas fijas ya tiene 14,50 a lo que se ha de agregar 22,50 de tasa mínima. Esta es la zona más castigada. Junto al quinto sector, esta es la zona donde Gutiérrez tiene puesta sus expectativas electorales.
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