Sobre la Privatización del Cobro de Impuestos
Propósito
La Federación
de Entidades de Fomento y O.N.G. del Partido de Quilmes, integrante de
la Confederación de Entidades de Fomento y Juntas Vecinales de la Pcia.
De Buenos Aires, me propuso compartir con Uds. sobre una cuestión quizás
nueva, a la que se denomina Privatización del Cobro de Impuestos.
Pero como la
palabra Privatización tiene, con fundamento, mala prensa, mala
fama, a estos procesos, se los ha dado en llamar Tercerización.
Esta palabra quiere connotar que el Estado, en su actualidad, requiere
del concurso de particulares para desarrollar mejor determinadas
funciones.
Y aquí surge
otra palabra Sinergia, referida al concurso activo y
concertado de varios órganos o personas, para realizar una función.

Estas
palabras nuevas, Tercerización y Sinergia, son fuertes y parecen
referirse a realidades nuevas. Mi proósito es intentar demostrar que,
cuando se trata del Cobro de Tributos, no es nada nuevo, todo lo
contrario y el resultado de estos procesos de privatización, son
totalmente contrarios a los intereses generales.
Lo moderno
que no es tal y del interés particular
Y para ver
que no es una cuestión nueva, voy a utilizar una figura del Evangelio
según Lucas, … Había en Jericó, un hombre rico llamado Zaqueo, jefe
de los que cobraban impuestos para Roma. … (Lc. 19.1 y ss.)
De la lectura
de este texto surge fácilmente que Zaqueo era rico y que cobraba
impuestos. Pero, debemos preguntarnos, ¿por qué se había hecho rico?
Zaqueo no era
un simple cobrador, ni aún un jefe de cobradores. Los historiadores nos
informan que en realidad, Zaqueo alquilaba la recaudación de
los tributos de Jericó. O sea, le aseguraba una cierta recaudación, que
satisfacía las apetencias del imperio, Roma. Todo lo que excedía esa
recaudación era para Zaqueo y sus acólitos. De allí venía la riqueza,
que se exteriorizaba en una vida de grandes fiestas. Cualquier parecido
con la actualidad es válido.
Y, ¿ a costa
de quién se enriquecía Zaqueo y sus compañeros de andanzas? La respuesta
es fácil de advertir. Los pobres, los indefensos eran las víctimas de
este sistema. No solo por la exacción romana, sino también por la
ambición y prepotencia de Zaqueo. El propio texto evangélico así nos lo
dice.
Aquí surge
claramente la primera cuestión, en estos procesos sin novedad,
que está presente en todas las privatizaciones de la recaudación de
tributos de cualquier Estado y que es la introducción de un interés
particular entre la relación Fisco-Contribuyente
Este interés
particular, que es a costa de los más pobres, fue fuente constante de
abusos. Esta situación de abuso, fue de tal intensidad, que para
ejemplificar, podemos ver un caso en lo que hoy es la Argentina. Para
ello hay que remontarse a 1746 donde encontramos un antecedente
histórico en tal sentido: La Real Hacienda vendió en pública subasta la
recaudación tributaria a un tal Agustín Garfias por cinco años.
Para mejor
cumplir esa tarea, Garfias para llevarla a cabo, solicitó el uso de
armas ofensivas y defensivas que le parezcan convenientes. Garfias no se
si conocía a Zaqueo, pero sus métodos eran similares.
Con estas
armas y mediante este sistema, Garfias reconoce y declara una ganancia
del 40% por sobre lo recaudado para la Real Hacienda.
Ante
semejante nivel de ganancia y con seguridad, con las noticias de los
abusos que esa práctica conlleva, cuando termina Garfias su plazo de
cinco años, la Real Hacienda nombra otro recaudador, con la condición de
que la ganancia sea solo del 30%.
Para tener
presente las consecuencias de estos procesos y quién los paga, de la
misma manera antes en el caso de Zaqueo, los que tienen poder no quedan
sometidos al recaudador. Así un comerciante llamado Francisco Alvarez
Campana, no paga el tributo correspondiente por un cargamento que
trae de España; aclarando que Alvarez Campana era el representante de
una poderosa empresa mercantil de Cádiz; en cambio, Isidora Velásquez,
campesina y viuda, la obligaron a pagar por el ganado que mataba para su
diario alimento.
Esta será la
constante en estos procesos. Los que cuentan en la sociedad, tendrán
armas para defenderse. Los pequeños y sencillos, son las víctimas
primeras de estos procesos. Ya veremos cómo en nuestra Argentina, hoy,
eso está sucediendo.
De la
indelegabilidad de la función de recaudar y la violación del secreto
fiscal
Para evitar
la cuestión de la existencia de intereses particulares entre la relación
fisco-contribuyente, fuente de permanentes abusos y el consecuente
enriquecimiento de unos pocos a costillas de los más indefensos, la
doctrina tributaria, en su evolución, determina que la facultad de
recaudar es INDELEGABLE.
Esta
afirmación se basa en la propia naturaleza de por qué TRIBUTAMOS,
por qué PAGAMOS IMPUESTOS.
En un Estado
moderno, nosotros los ciudadanos, sujetos de derechos y obligaciones,
por el contrato tácito de integrar un Estado, aceptamos pacíficamente
pagar tributos, en sus distintas formas – impuestos, tasas,
contribuciones-, con el fin del sostenimiento de las funciones del
Estado.
Y por esta
relación jurídico-tributaria, estamos obligados a suministrar
informaciones particulares, que hacen a la determinación de la capacidad
de contribuir.
Así,
informamos sobre propiedades, empresas, personal, inversiones, etc.
Estos datos, informaciones que brindamos, propios de la relación
jurídico-tributaria, no pueden ni deben estar en mano de particulares.
Por ello, el Estado, protege las informaciones que declaramos mediante
el Instituto del Secreto Fiscal.
En nuestra
legislación actual este instituto está recogido en el art. 102 Ley de
Procedimiento Fiscal; en la Provincia de Buenos Aires, en el art. 137
Código Fiscal; en la Municipalidad de Quilmes art 69 de la Ordenanza
Fiscal y Tributaria.
En ese mismo
sentido se pronunció el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
Las tareas
de fiscalización, verificación y recaudación de los tributos son
funciones indelegables que hacen a la existencia misma del Estado.
La
privatización de estas acciones, además de violar este principio,
permitiría que sectores privados pudieran acceder a información y datos
resguardados por el secreto fiscal.
Este
pronunciamiento expreso fue ante versiones que indican una posible
privatización de las funciones inherentes a
la A.F.I.P.
Las referidas versiones, no eran simples versiones, sino que fueron
propósitos concretos de privatizar la recaudación tributaria nacional,
en los años 2000 y 2001.
De lo
expuesto, queda claro que, para evitar los abusos históricamente
verificados, la función pública de recaudación de tributos es
indelegable.
Sostener lo
contrario, nos planteará lo que llamo la segunda cuestión.
Que consiste en que quién se apropie de los procesos de recaudación
tributaria, tendrá a su disposición, en todos sus niveles, la
información de los contribuyentes, las bases de datos de los Fiscos
que lleven adelante estos procesos, lo que se traduce en una flagrante
violación del Instituto del Secreto Fiscal.
Es que en los
procesos, pretendidamente nuevos, de Privatización, Tercerización del
cobro de tributos, o como se los denominen, la información que por
esa relación jurídico-tributaria damos al Estado, quedan a disposición
de quien se apropia del proceso. Las bases de datos, en todos sus
niveles, quedan a disposición de particulares.
La pregunta
obligada es ¿qué clase de secreto fiscal puede existir, si la
información está en manos de particulares?
Toda la
información queda a disposición de tales particulares, expuestas a los
fines que quisiéramos imaginar.
La
experiencia concreta, en nuestra realidad de la Argentina, nos muestra
que la información fiscal, que debe ser secreta, en manos de un
particular, sirve para quedarse con los bienes que interesen.
Cualquiera
puede imaginar el ejemplo que quiera. En juego estarán los bienes, las
empresas en particular, los recursos naturales como la tierra, el agua.
La
expereiencia concreta en
la Argentina
Ahora bien,
si esto es tan claro, la doctrina evolucionó y desarrolló procedimientos
para perfeccionar la referida relación fisco-contribuyente ¿cómo es que
surgen, en nuestra realidad, los procesos de privatización, de
tercerización del cobro de impuestos?
Es aquí que
tenemos que hablar de Quilmes, desde nuestro Quilmes. Desde 1994,
mediante un procedimiento fraudulento, mediante sucesivos excesos sobre
lo que las normas legales autorizaban, se termina denominando a la
empresa Relevamientos Catastrales S.A. como la concesionaria
del servicio de recaudación tributaria.
Nunca existió
concesión alguna, pero se cobró y se cobran cifras millonarias por ello
y sobre todo, se utilizó tal denominación, concesionaria del servicio
de recaudación tributaria, para adjudicarse el antecedente de
gestionar, gerenciar, administrar la recaudación tributaria de un
Estado particular, de 600.000 habitantes.
Con este
pretendido antecedente, esta empresa Relevamientos Catastrales S.A.
constituye la Unión Transitoria
de Empresas TECSA
con dos empresas SP Consultores S.A. y Recovery S.A. –ambas
integradas por funcionarios del Banco Mundial – Misión
Argentina – y con la asistencia financiera del Credit Suisse
First Boston –léase David Mulford-, firma con la
Municipalidad de la Ciudad de Córdoba un contrato similar al de la
Municipalidad de Quilmes, prácticamente idéntico.
Al año de
vigencia del contrato, el Sindicato de Empleados y Obreros
Municipales de la Ciudad de Córdoba, no solo advierte que se están
cobrando sumas en más por el contrato, sino las profundas y verdaderas
consecuencias que traería seguir con este contrato. Plantea lisa y
llanamente su rescisión y califica al proceso de privatización de la
cobranza de tributos como el corazón del monstruo. El
lenguaje castellano nos permite estas precisiones. Esta definición
comprende la totalidad del problema.
Pero esa
U.T.E. no se queda solamente en la Ciudad de Córdoba, sino que
contrata con la Municipalidad de Pilar, en el NorOeste del Gran Buenos
Aires.
A poco andar
en ese Municipio, quienes sufren las consecuencias de estos procesos
reaccionan, planteando, al igual que en Córdoba, que se rescinda el
contrato.
Al respecto,
cito los dichos del P. Guzmán, de la
casa de
DDHH, quien en un encuentro con el Intendente de la Municipalidad, le
pidió concretamente a Zúccaro –Intendente en ese momento- que anule el
contrato con la privatizada. "Sabe a que venimos. Hay un Pilar de la
opulencia y otro de la miseria. Necesitamos que ese dinero (que se lleva
Tecsa) se destine al pueblo. La realidad de nuestra gente en la
periferia es catastrófica.
Ante la
oposición generalizada de las fuerzas vivas, las que advertían las
consecuencias directas e indirectas de tal convenio, se plantea la
rescisión concreta. Y es aquí donde surge claramente lo perverso de
estos procesos. La referida U.T.E. les manifiesta que, si quieren
rescindir que lo hagan, pero que ellos no van a devolver la Base de
Datos del Municipio.
De ello
surge claramente lo que significa disponer de la información. Lo que era
del Municipio, su base de datos, apropiado indebidamente por un
particular, pasa a ser una poderosa arma de presión. Y en los hechos fue
así, ya que la Municipalidad de Pilar debió pagar una importante
indemnización para poder recuperar lo que era de ella.
Como es
fácil de comprender, las sumas pagadas por indemnización, se le restaron
a los servicios necesarios para los más pobres.
Estos
procesos, a partir del antecedente de Quilmes, se llevó adelante en la
Municipalidad de
Resistencia –Chaco-; San
Lorenzo y Venado Tuerto –Santa Fe-; Cañuelas – Buenos Aires-.
En la Pcia.
de Neuquén, Relevamientos Catastrales S.A., teniendo como
principal proveedor a SP CONSULTORES S.A. lleva adelante la
realización de un Digesto de la legislación de la Provincia. ¿Quién
financia este contrato? No podía ser otro que el Banco Mundial.
En la Pcia.
de Salta, otra de las empresas vinculadas, Recovery S.A. gerencia
o ha gerenciado las liquidaciones de las regalías petroleras que le
corresponden a la Provincia.
Por último,
puntualizo el caso de la Pcia.
de Corrientes. La
recaudación tributaria de la Provincia, por medio de una contratación
directa entre el privatizado Banco de Corrientes y la empresa
Karstec S.A. se privatizó a favor de esta, en un tipo de contrato
similar al de la Municipalidad de Quilmes.
¿Qué
antecedentes tenía Karstec para semejante contratación?. Ninguno,
sencillamente se le atribuyó a Karstec S.A. los pretendidos
antecedentes de Relevamientos Catastrales S.A. y de la antes
referida T.E.C.S.A. U.T.E. En este caso, hay que rastrear el
apellido Karsten, que fue uno de los firmantes del contrato de
Relevamientos Catastrales S.A.
Esta empresa
Karstec S.A., desde octubre de 2004, dispone de la totalidad de
la información fiscal de la Pcia. de Corrientes. Pensemos al respecto
solamente en dos cuestiones referidas al agua dulce, bien escaso por
excelencia, el Estero de Iberá y el Acuífero Guaraní. Creo que no son
dos cuestiones menores y que estarán expuestas a los intereses y
ambiciones de quién dispone de la información.
Con
seguridad, el elenco de procesos que detallé, no está agotado. Quien lee
estas líneas seguramente encontrará procesos similares en otros Estados
particulares de nuestra Argentina. Al respecto se pude investigar las
Pcias. de Catamarca, Formosa y Misiones o el Municipio de Luján. Es
interesante constatar los personajes que están atrás de ellos. Con
seguridad, esos personajes no defienden los intereses del pueblo
sencillo.
Esta
experiencia en nuestra Argentina, se ha desarrollado en escasos poco más
de 10 años. Me pregunto, ¿cuántos argentinos saben de ello?.
De las
justificaciones a los procesos de privatización
¿Cuál ha
sido la justificación a todos estos procesos?
Al respecto cito textualmente los
considerandos de una Ordenanza Preparatoria de
la Municipalidad de Florencio Varela.
Este proceso quedó trunco, por la oposición organizada del pueblo, pero
tenía por fin la privatización de la recaudación tributaria de todas las
Municipalidades del Gran Buenos Aires. Los considerandos afirman:
Que el
Estado necesita de la herramienta de la recaudación para poder cumplir
con los fines que todo estado debe cumplir…
Que es
necesario incorporar tecnologías, inteligencia, ideas y EXPERIENCIAS
para lograrlo…
Que
cumplir con sus fines es prácticamente imposible, ya que su
instrumentación necesita de un despliegue de esfuerzos humanos, técnicos
y económicos que la Administración no está en condiciones de solventar
por sí sola …
Expte.
18.628/04 – Ordenanza Preparatoria Fcio. Varela
Estos
argumentos hablan de incapacidad, de imposibilidad del Estado para poder
cumplir con sus funciones.
Por otro
lado, hablan de experiencias. Si realmente se profundiza en las
experiencias concretas y en sus consecuencias, con seguridad ni se
plantearían llevarlos adelante.
La realidad
es que la incapacidad no es del Estado, sino de aquellos que tienen la
responsabilidad que han asumido. Yo creo que la incapacidad aludida, en
realidad esconde el interés particular de apropiarse de funciones que
son indelegables y que serán fuente de grandes negocios. La ambición
sin límites, la codicia y la posibilidad concreta de perpetuarse en el
poder son la razón cierta de estas propuestas.
La misma
argumentación se usó para el proceso licitatorio de la Municipalidad
de Santa Fe – Pcia. de Santa Fe –
La licitación se suspendió dos días
antes de la presentación de ofertas. ¿Adivinen qué empresa se
presentaba?. Una era Recovery S.A. y la otra una ignota empresa
de Córdoba, recién creada al efecto. La matriz del negocio siempre es
igual. Solo pueden cambiar alguno de los actores.
De las
consecuencias. La construcción de poder
Si volvemos a
Zaqueo, recordaremos que el se hizo rico a costa de los pobres.
Si recordamos
las palabras del P. Guzmán en el caso de
la M.
de Pilar, vemos que el pago a las privatizadoras, le quitan dinero a los
que más necesitan.
Esta es la
primera consecuencia directa, que es detraer importantes recursos a
los presupuestos públicos en pos de una mejora de la recaudación, que
difícilmente se verifica.
Para el caso
particular de Quilmes, pero que es similar en otras jurisdicciones, el
costo anual es del orden de $ 10.000.000.00 y la recaudación relativa -
% de recaudación efectiva/recaudación teórica -no es distinta a las de
otros Estados similares.
Pero la
segunda consecuencia directa es que, al igual del ejemplo de Garfias,
aquel del Virreinato, los más expuestos, los más pobres son las víctimas
directas de procedimientos arbitrarios de quienes se han apropiado de la
Recaudación Fiscal.
Quién se
apodera de la función de recaudación de un Estado particular, exigirá,
especialmente a los más débiles, el pago de períodos prescriptos;
Honorarios y Gastos Judiciales inexistentes y para nada tendrán en
cuenta las situaciones de precariedad económica
No olvidemos
al respecto la primera cuestión, que es el interés
particular en la relación Fisco-Contribuyente
Desde donde
afirmo esto, ¿desde la situación en Quilmes?. No, haré referencia
concreta al caso de Resistencia – Chaco.
Para
ejemplificar, cito al diario El Norte de la ciudad de Resistencia –
Chaco, en un artículo del 21/03/2005 titulado Los contribuyentes, a
la buena de Dios ante el gerenciamiento tributario.
Cito solo dos
párrafos:
El
problema consiste concretamente en que, en estos casos, se exige (al
contribuyente) como requisito previo para emitir los comprobantes de
liberación, que se abone al abogado un porcentaje en concepto de
honorarios”, dice el informe, que señala que “ni el cobro de honorarios
ni su porcentaje surge de normativa legal alguna”.
…Básicamente, se estaría obligando a los contribuyentes a abonar
honorarios profesionales en etapa extrajudicial, impidiéndoseles acceder
a un plan de pagos que les permita saldar sus deudas por estar
bloqueadas sus cuentas en el municipio,
añade el informe del Tribunal de
Cuentas.
Aquí habría
que enmendar la plana del diario Norte. Los contribuyentes no están a
las buenas de Dios, todo lo contrario. No es voluntad de Dios lo que les
sucede a los contribuyentes, sino que es la consecuencia natural de
estos procesos. Los contribuyentes quedan a las malas de
Relevamientos Catastrales S.A.
Queda claro
que esta conducta irregular, solamente se aplica a los que no tienen
como defenderse y que, al ver amenazado su único bien, cae en la trampa
que le han tendido.
Y ¿cómo es
posible esto?. La realidad es que la concesionaria, la gerenciadora, la
tercerizada, se ha constituido en un PODER dentro del PODER del
propio Estado.
A las pruebas
me remito. La realidad que describió el Diario El Norte, es eso una
realidad, a pesar que el 27/12/01, por Resolución del Concejo
Deliberante se ENCOMENDO al Ejecutivo Municipal para que
Relevamientos Catastrales y los Estudios Jurídicos debían
otorgar el correspondiente CERTIFICADO DE LIBERACION a fin de que el
contribuyente pueda gestionar un plan de pagos con el Municipio, todo
ello sin costo alguno para el contribuyente ni para el Municipio.
Por el
artículo del Diario El Norte, ya hemos visto que esto no fue atendido ni
por Relevamientos Catastrales S.A., ni por los Estudios
Jurídicos y esto es así porque el interés particular está por
sobre el interés general y el bien común.
De todo esto
surge la Tercera
cuestión que es la
construcción de un poder espúreo, cuestión
a la que yo considero fundamental.
La
combinación del interés particular en la relación
Fisco-Contribuyente, la disposición a todo nivel de las bases de datos
de los distintos Fiscos y plazos de los contratos que exceden a los
plazo legales los distintos gobiernos, significan una
CONSTRUCCION DE PODER ESPUREA, que vacía de contenido al Estado que
privatice su recaudación tributaria.
Conclusión
Volviendo al
relato evangélico, Zaqueo se convierte y devuelve con creces lo que le
quitó a los pobres.
En nuestra
realidad, no abundan los Zaqueo, sino todo lo contrario y con seguridad
no hay quien devuelva lo que se apropió indebidamente.
Ante ello y
teniendo siempre presente que estos procesos, que vacían al Estado de
contenido, son como el agua, que siempre busca la grieta por donde
penetrar, se nos plantea a todos y cada uno de nosotros la disyuntiva de
que tipo de Estado queremos:
Un Estado fuerte, sólido, no dogmático, que utilice
todos los recursos técnicos y humanos disponibles, siempre dirigidos a
un objetivo único: el bien común;
O
Un Estado Privado, es decir un Estado no solo al
servicio de unos pocos, sino y fundamentalmente donde unos pocos se
apropian del Estado, mientras las grandes mayorías ya no serán
ciudadanos, sujetos de derechos y obligaciones, para pasar a ser solo
sujetos de obligaciones de un mercado cautivo y esclavo.
La opción sostenida y concreta es y será de todos y
cada uno de nosotros.
Dejar que esta cuestión, como otras que afectan
nuestras vidas, sea decidida en cenáculos cerrados, constituye y
constituirá siempre grave omisión.
El planteo, la pregunta seguirá vigente. ¿qué Estado
queremos?, ¿seremos simples espectadores de las decisiones que nos
afectan?
San Luis, Mayo de 2006